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PROGRAMA DE GOBIERNO - MAS

1.5 FINANZAS PÚBLICAS Y ESTABILIDAD ECONÓMICA

1.5.1 Finanzas Públicas

El Estado desarrollará actividades de carácter económico, encaminadas a la obtención de los recursos que le permitan satisfacer las necesidades colectivas, mediante la prestación de servicios públicos.

Las decisiones sobre la economía pública tienen por objeto responder a las necesidades y demandas de la colectividad sobre la inversión productiva y social, preservando la estabilidad macroeconómica.

La actividad financiera del Estado es canalizar recursos para la inversión productiva, como protagonista de la actividad financiera, atribuyéndole la función de productor de servicios públicos y redistribución de riquezas.

1.5.2 Política Fiscal

La Política Fiscal es la forma en que el Estado determina el monto total y la composición de los recursos (económicos y financieros), captados de los diferentes agentes económicos y diferentes erogaciones o gastos realizados con el fin de cumplir sus funciones.

Objetivos de la nueva política fiscal

1) Asignación de recursos del Estado a la población boliviana, a través de la provisión de bienes y servicios públicos.

2) Distribución equitativa de ingresos o recursos a la población vía inversión productiva.

3) Promover el desarrollo económico del país a través de políticas e incentivos fiscales al sector productivo de la economía nacional.

Los gastos corrientes merecerán la atención y tratamiento especial en la propuesta de austeridad (Ley Tijera, porque serán recortados), por ser gastos innecesarios que no promueven la reactivación económica y concentran excedentes económicos en pocas personas que gozan de privilegios.

La nueva política fiscal mejorará e incrementará recursos (ingresos) y reducirá los gastos corrientes o superfluos, sin provocar distorsiones en la económica nacional, bajo el principio de neutralidad. Asimismo, la política fiscal tiene la siguiente clasificación genérica: Política de Ingresos (Recursos) y política de gastos.

Política de Ingresos

Ingresos no Tributarios

Ingresos Tributarios

Financiamiento (Interno y Externo)

Política de Gastos (Propuesta de Ley Tijera - Austeridad)

Gastos Corrientes

Gastos de Inversión o de Capital

Transferencias

1.5.3 Política de Ingresos

La política fiscal referida a los recursos, tendrá dos escenarios: Primero, para establecer un nuevo sistema tributario y segundo, para corregir el actual sistema tributario vigente. En ambos casos se recurrirá a un acuerdo previo con todos los actores, unidades y agentes económicos involucrados.

Primer escenario. Estructurar un nuevo sistema tributario de base amplia, bajo los principios de legalidad, generalidad, universalidad, neutralidad y capacidad contributiva traducida en una Ley Tributaria.

Asimismo, es pertinente establecer la nueva relación jurídica tributaria entre el Estado y las unidades económicas, a través de un nuevo Código Tributario, que contenga la parte sustantiva y la parte adjetiva. Esta norma garantizará la relación jurídica tributaria de derecho y no de poder; también garantizará el debido proceso y simplicidad en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Se profundizará la fiscalización estricta a las empresas petroleras; asimismo se ampliará la base tributaria.

Segundo escenario. Mantener la estructura del sistema tributario vigente, haciendo fuertes ajustes para mejorar e incrementar los ingresos fiscales, entonces se plantea:

1) Medidas de carácter administrativo. Se profundizará la institucionalización de la Aduana Nacional y el Servicio de Impuestos Nacionales; se incorporará nuevas formas de fiscalización más efectivas a partir del control preventivo educativo a los contribuyentes, fiscalizaciones a todos los niveles y regímenes; y medidas efectivas de lucha contra el contrabando a través de acuerdos interinstitucionales.

2) Medidas de ajuste a la Ley de Reforma Tributaria. Se reestructurará el sistema tributario vigente, para ello: Se derogará el inciso j) del Art.76 de la Ley 843 referido a la exención del Impuesto a las Transacciones en las actividades del sector hidrocarburífero (producción) y minero, aplicando los principios de generalidad y universalidad dispuestos en el Artículo 27 de la Constitución Política del Estado. Se establecerán nuevas escalas de capital de operación y categorías de los Regimenes Especiales, bajo el principio de Capacidad Contributiva, previsto en el inciso d) del Art. 8 de la Constitución Política del Estado. Se derogará la devolución del Impuesto Al Valor Agregado (IVA) a través de un Certificado de Devolución Impositiva (CEDEIM) a todas las actividades de explotación y exportaciones de recursos naturales no renovables; y se creará el Impuesto Especial a los juegos de azar.

Por otro lado, se establecerá un nuevo Código Tributario con sus dos componentes: Sustantivo y Adjetivo (procedimiento tributario), que definirá una nueva relación jurídica tributaria, buscando el equilibrio entre el Estado y los Contribuyentes. Esta relación jurídica será efectivamente de derecho y no de poder, para que todos los ciudadanos bolivianos, estantes y habitantes que tengan actividad económica en el país, tengan garantías y cumplan con todas las obligaciones tributarias. Además, el cumplimiento de éstas, serán parte de una cultura tributaria de toda la sociedad boliviana.

1.5.4 Política de Gastos

La austeridad en gastos corrientes pasa por la reestructuración del Poder Ejecutivo. Actualmente, el Poder Ejecutivo contempla 16 Ministerios, 40 Viceministerios y 120 Direcciones Generales, en muchos casos existe duplicidad de funciones y competencias.

Las políticas de gastos del nuevo gobierno, serán programadas en base a principios de redistribución de recursos (ingresos) y austeridad en gastos corrientes. En este contexto, se propone:

1) Establecer la nueva estructura del Poder Ejecutivo, reduciendo Ministerios, Viceministerios y Direcciones Generales, a través de la nueva Ley de Organización del Poder Ejecutivo (LOPE). Se suprimen las Superintendencias, para ello se incorporará sus funciones, atribuciones y competencias a los diferentes ministerios. La Superintendencia de Bancos e Entidades Financieras no forma parte de la supresión y tendrá un tratamiento especial.

2) Se establecerá una nueva escala salarial para todo el sector público, reduciendo los salarios de cargos electos, jerárquicos y para todas las autoridades del gobierno, como política de austeridad.

3) Se reducirá los gastos innecesarios de la Administración Central , priorizando la inversión productiva social.

4) Se eliminará definitivamente los Gastos Reservados y Subvención a Partidos Políticos.

5) Se reducirá drásticamente los gastos de consultorías, gastos de representación y gastos de servicio exterior.

1.5.5 Medidas o Instrumentos

Se establecerá para todas las entidades del sector público, un instrumento normativo para la eficaz y eficiente administración de los recursos públicos. Esto pasa por modificar la Ley N ° 2042 de Administración Presupuestaria del 21 de diciembre de 1999 y así establecer las restricciones presupuestarias en diferentes sectores de las entidades públicas nacionales, departamentales y municipales. Asimismo, las características y condiciones de contratación de cualquier endeudamiento interno y/o externo.

La reformulación del Presupuesto General de la Nación de la gestión 2006, se basará en la Nueva Ley de la Administración Presupuestaria y los recursos provenientes de las reducciones en el gasto corriente, en ningún caso se destinarán a cubrir el déficit fiscal, sino serán redistribuidos de la siguiente manera:

1) En el aparato productivo, donde el Estado ejecute directamente o de manera asociada la actividad productiva, la explotación de recursos naturales y la administración de servicios.

2) En la creación de nuevos items para el sector de educación y salud, de esta forma, se promoverá la demanda agregada y la reactivación de la economía del país.

BOLIVIA DIGNA, SOBERANA Y PRODUCTIVA